sábado, 26 de octubre de 2013

BIOSEGURIDAD

INTRODUCCIÓN A LA BIOSEGURIDAD
DEFINICIONES GUÍA TÉCNICA COLOMBIANA GTC 45

Actividad rutinaria.
Actividad que forma parte de un proceso de la organización, se ha planificado y es estandarizable.

Actividad no rutinaria.
Actividad que no se ha planificado ni estandarizado, dentro de un  proceso de la organización o actividad que la organización determine como no rutinaria por su baja frecuencia de ejecución.

Peligro.
Fuente, situación o acto con potencial de daño en términos de enfermedad o lesión a las personas, o una combinación de estos (NTC-OHSAS 18001).

Identificación del peligro.
Proceso para reconocer si existe un peligro y definir sus características

Riesgo.
Combinación de la probabilidad de que ocurra(n) un(os) evento(s) o  exposición(es) peligroso(s), y la severidad de lesión o enfermedad, que puede ser causado por el (los) evento(s) o la(s) exposición(es) (NTC-OHSAS 18001).

Riesgo aceptable.
Riesgo que ha sido reducido a un nivel que la organización puede tolerar, respecto a sus obligaciones legales y su propia política en seguridad y salud ocupacional
(NTC-OHSAS 18001).

Probabilidad.
Grado de posibilidad de que ocurra un evento no deseado y pueda  producir consecuencias.

Exposición.
Situación en la cual las personas se encuentran en contacto con los peligros.
Incidente.
Evento(s) relacionado(s) con el trabajo, en el (los) que ocurrió o pudo  haber ocurrido lesión o enfermedad (independiente de su severidad) o víctima mortal
(NTC-OHSAS 18001).
NOTA 1: Un accidente es un incidente que da lugar a una lesión, enfermedad o víctima mortal

Accidente de trabajo.
Suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo,  y que produce en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la  muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, incluso fuera del lugar y  horas de trabajo (Decisión 584 de la Comunidad Andina de Naciones).

Enfermedad.
Condición física o mental adversa identificable, que surge, empeora o  ambas, a causa de una actividad laboral, una situación relacionada con el trabajo o  ambas (NTC-OHSAS 18001).

Enfermedad profesional.
Todo estado patológico que sobreviene como consecuencia  obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto  obligado a trabajar, bien sea determinado por agentes físicos, químicos o biológicos (Ministerio de la Protección Social, Decreto 2566 de 2009).

Consecuencia.
Resultado, en términos de lesión o enfermedad, de la materialización de un  riesgo, expresado cualitativa o cuantitativamente

Diagnóstico de condiciones de trabajo.
Resultado del procedimiento sistemático para identificar, localizar y valorar “aquellos elementos, peligros o factores que tienen influencia  significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores. Quedan  específicamente incluidos en esta definición:
a) Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás  útiles existentes en el lugar de trabajo;
b) la naturaleza de los peligros físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo, y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia;
c) los procedimientos para la utilización de los peligros citados en el apartado anterior, que influyan en la generación de riesgos para los trabajadores; y
d) la organización y ordenamiento de las labores incluidos los factores ergonómicos y psicosociales” (Decisión 584 de la Comunidad Andina de Naciones).

Elemento de Protección Personal (EPP).
Dispositivo que sirve como barrera entre un  peligro y alguna parte del cuerpo de una persona.

Equipo de protección personal.
Dispositivo que sirve como medio de protección ante un peligro y que para su funcionamiento requiere de la interacción con otros elementos. Ejemplo,  sistema de detección contra caídas

Evaluación higiénica.
Medición de los peligros ambientales presentes en el lugar de trabajo para determinar la exposición ocupacional y riesgo para la salud, en comparación con los valores fijados por la autoridad competente.

Evaluación del riesgo.
Proceso para determinar el nivel de riesgo (véase el numeral 2.25)  asociado al nivel de probabilidad (véase el numeral 2.24) y el nivel de consecuencia (véase el numeral 2.21)

Valoración de los riesgos.

Proceso de evaluar el(los) riesgo(s) que surge(n) de un(os) peligro(s), teniendo en cuenta la suficiencia de los controles existentes y de decidir si el(los) riesgo(s) es (son) aceptable(s) o no (NTC-OHSAS 18001). 

No hay comentarios:

Publicar un comentario